Por Yulen Jorge
Lunes 6 de julio de 2026: Santiago Matías lanza un ultimátum de 48 horas al presidente Luis Abinader para modificar artículos cuestionados del Código Penal sobre la libertad de expresión.
Martes 7 de julio de 2026: El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, encabeza una rueda de prensa para anunciar el inicio de un proceso de recepción y evaluación de propuestas de modificación al nuevo Código Penal —el cual incluye la llamada “ley mordaza”— que entraría en vigencia el próximo 3 de agosto.
Martes 7 de julio de 2026: En esa misma rueda de prensa, Eduardo Sánchez Tolentino (“El Piro”) confronta a Pacheco y le interpela por qué no admite que la revisión del Código se debe a la presión de las protestas y los cacerolazos.
Martes 7 de julio de 2026. Tras participar en la rueda de prensa, el Piro convoca la “Marcha contra la Ley Mordaza” para el jueves 9 de julio.
Jueves 9 de julio de 2026: Se realiza la manifestación en la Plaza de la Bandera, convocada para las 3 de la tarde.
Jueves 9 de julio de 2026: Alrededor de las 10:40 de la noche, Santiago Matías realiza un live en su cuenta de Instagram en el que revela que una comisión integrada por él, El Piro, José Peguero, Ariel Lara, Ramón Tolentino y Ricardo Ripoll llevaba más de tres semanas reuniéndose con el presidente Luis Abinader para consensuar los cambios al Código Penal. “El día que les convoqué a la reunión allá en el Palacio… ahí fue que inició todo”, matizó Matías, aludiendo a una disposición previa para la revisión del código y a un ambiente de consenso por parte del mandatario.
Ante esta cronología, resultan inevitables dos preguntas:
¿Por qué la “ley mordaza” fue el motivo principal de la convocatoria en la Plaza de la Bandera si, según Matías, los principales convocantes formaban parte de ese comité que dialogaba en el Palacio desde hacía tres semanas, y el Congreso ya había cedido formalmente a la revisión dos días antes?
Los manifestantes que salieron a apoyar la marcha, ¿no merecían conocer esas gestiones de pasillo antes de ser llamados a las calles?
La verdadera discusión no es si las modificaciones al Código Penal eran necesarias. Tampoco si la protesta fue útil. La cuestión es otra: ¿puede una ciudadanía ejercer plenamente su derecho a manifestarse cuando desconoce que algunos de sus principales líderes ya participan en conversaciones reservadas con el poder?
La respuesta no pasa por cuestionar el derecho a la protesta, sino por exigir un principio igualmente democrático: la transparencia. Formar parte de una comisión negociadora no está reñido con la moral; al contrario, es una vía legítima para lograr resultados que repercutan positivamente en la mayoría. La incongruencia surge cuando miembros de esa mesa de diálogo convocan a una movilización por las mismas demandas que ya se están consensuando en Palacio.
Hay un dato que debería preocuparnos tanto como la “ley mordaza”. De acuerdo con datos oficiales de la Junta Central Electoral (JCE), en las elecciones presidenciales de 2016 la abstención fue de alrededor del 31%. En 2020 ascendió al 44.7% y, en 2024, alcanzó un récord del 45.6%, el nivel más alto desde el retorno de la democracia.
Estos porcentajes no son producto de una sola causa, pero sostienen una realidad ineludible: cada vez más dominicanos se alejan de las urnas porque sienten que la política real, y ahora también la disidencia, se decide lejos de ellos.