Por Starling Villar
La reciente paralización del proyecto minero en San Juan nos deja una lección que va más allá del “sí o no” a la extracción de oro.
Como nación, tenemos leyes ambientales (Ley 64-00) y mineras (Ley 146-71) que exigen estudios de impacto y monitoreo. Sin embargo, adolecen de un vacío legal: “no integran de forma explícita la ciencia de la microbiología”.
La ciudadanía sanjuanera comprendió algo profundo: “el agua que brota de sus tierras vale más que cualquier metal precioso”. Y tienen razón, porque el temor no es infundado. Dos amenazas reales de la minería son el drenaje ácido (aguas corrosivas que arrastran metales pesados) y la lixiviación con cianuro. Pero la ciencia ofrece aliados silenciosos: ciertas bacterias (Pseudomonas, Bacillus, entre otros Procariotas) son capaces de degradar el cianuro y neutralizar aguas ácidas.
Apostar por la biorremediación no es un lujo ecológico; es una herramienta legal y técnica que reduce costos a largo plazo y protege a las comunidades. Tres pasos concretos y viables son:
1. Reformar la Ley Minera para que todo proyecto minero incluya, como obligación, planes de biorremediación basados en microorganismos autóctonos durante su fase de cierre.
2. Exigir en los estudios de impacto ambiental la caracterización de las comunidades microbianas del suelo y agua antes de iniciar cualquier excavación. Así sabremos de antemano la capacidad de recuperación natural del ecosistema.
3. Destinar parte de las regalías mineras a la investigación científica nacional para desarrollar biorreactores y consorcios microbianos adaptados a nuestras condiciones tropicales.
En suma, el debate minero no debe polarizarse entre explotación irracional y prohibición absoluta. La síntesis se llama derecho ambiental con base científica: “una minería que sea rentable, sí, pero también microbiológicamente inteligente y jurídicamente impecable”.
En conclusión, si alguna vez se explota oro en San Juan o en cualquier otro rincón de la República Dominicana, que sea con la conciencia de que los seres más pequeños del planeta pueden ser nuestros mayores aliados.
FUENTES BIBLIOGRÁFICAS
-Ley No. 64-00, Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales de la República Dominicana.
-Ley Minera de la República Dominicana, No. 146-71.
-Reglamento No. 11-18 para la aplicación de la Ley Minera No. 146.
-Cardona Giraldo, E. A. (2015). Microorganismos Potenciales degradadores de Cianuro en residuos de minería de oro. Universidad Nacional de Colombia.
-Mamani, F. H. (2018). Aislamiento y caracterización de bacterias nativas con potencial de Biodegradación de drenaje ácido de minas.
Una argumentación inteligente y ojalá adopte iniciativas con sus colegas para esa revisión de ambas leyes (Ley 64-00) y (Ley 146-71) en lo atendible para sustentabilidad microbiológica.
Innegociable sí la voluntad popular de proteger su ecosistema frente a la voracidad financiera y fiscal aunque pongan en riesgos la salud y futuro de generaciones.