Por Prisma
La Junta Central Electoral (JCE) recordó a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos que disponen hasta el próximo 3 de agosto de 2026 para entregar el registro actualizado de sus afiliados, una obligación anual establecida en la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
El organismo electoral exhortó a las organizaciones políticas a cumplir con el plazo, al considerar que esta información constituye un mecanismo esencial para fortalecer la transparencia y el orden del sistema de partidos.
De acuerdo con el artículo 9 de la Ley 33-18, cada partido debe mantener un registro general actualizado de sus miembros, organizado por circunscripción electoral, municipio, provincia y seccionales del exterior. La normativa también dispone que ese padrón sea remitido anualmente a la JCE, junto con las nuevas afiliaciones y desafiliaciones que se produzcan durante el año.
Además, el registro debe incluir las fichas de afiliación o desafiliación debidamente firmadas por la autoridad partidaria competente, requisito que también figura en el Reglamento de Afiliaciones y Desafiliaciones aprobado por la institución.
¿Para qué sirve este registro?
Más allá de un requisito administrativo, el padrón de afiliados permite a la Junta verificar la composición de las organizaciones políticas y detectar posibles irregularidades, como la inscripción simultánea de un ciudadano en más de un partido o afiliaciones realizadas sin el consentimiento del elector.
Precisamente este año la JCE puso en marcha un nuevo reglamento que fortalece el control sobre las afiliaciones y desafiliaciones, estableciendo procedimientos para depurar los registros y garantizar que cada ciudadano figure únicamente en la organización política a la que haya decidido pertenecer.