Prisma
El Poder Ejecutivo emitió este viernes el Decreto núm. 330-26, mediante el cual se modifica el Reglamento de Licencias de Conducir con el objetivo de extender los periodos de vigencia del documento para los adultos mayores, reduciendo los trámites burocráticos para este segmento de la población.
La nueva disposición, firmada por el presidente Luis Abinader y fundamentada en la Ley núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, establece una escala gradual para la renovación del documento de identidad vial según la edad y la categoría de la licencia.
Nuevos plazos de vigencia y renovación
A partir de la entrada en vigor de este decreto, los periodos de validez se aplicarán de la siguiente manera:
- Conductores mayores de 65 años (Categorías 01, 02 y 05): La vigencia de la licencia se extiende de dos a cuatro (4) años. Este plazo se mantendrá vigente hasta que el titular cumpla los 75 años de edad.
- Conductores mayores de 75 años (Categorías 01, 02 y 05): Una vez alcanzada esta edad, la renovación del documento se fijará cada dos (2) años.
- Licencias de Categorías 03 y 04: El periodo de validez será de tres (3) años hasta cumplir los 75 años de edad. Posteriormente, la renovación de estas categorías pasará a ser de carácter anual.